La plusvalía municipal al vender una vivienda en Santander

La plusvalía municipal al vender una vivienda en Santander — Amós 10 Inmobiliaria

La plusvalía municipal — oficialmente Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) — es un impuesto del Ayuntamiento de Santander que se paga al vender, donar o heredar una vivienda. Grava el aumento del valor del suelo (no de la construcción) durante los años que has sido propietario.

Quién la paga

En una venta, la paga el vendedor. En una herencia o donación, quien recibe el inmueble.

Cómo se calcula desde 2021

Tras la sentencia del Tribunal Constitucional y el Real Decreto-ley 26/2021, hay dos métodos y puedes elegir el que te salga más bajo:

  • Método objetivo: valor catastral del suelo × un coeficiente según los años transcurridos × el tipo del Ayuntamiento.
  • Método real: diferencia entre el precio de compra y el de venta, aplicando el porcentaje que el valor del suelo representa sobre el valor catastral total, × el tipo.

Cuándo NO se paga

Si vendes por un precio igual o inferior al que pagaste al comprar (pérdida), no hay incremento de valor y no se paga — pero hay que declararlo igualmente aportando las escrituras que lo acrediten. Tampoco se paga en la venta de la vivienda habitual por mayores de 65 años en determinados casos, ni en aportaciones entre cónyuges.

Plazos

En una venta: 30 días hábiles desde la firma. En una herencia: 6 meses (prorrogables). Presentarla fuera de plazo conlleva recargos.

En Amós 10 Inmobiliaria calculamos la plusvalía antes de la firma para que sepas el neto que te queda de la venta. Cómo vendemos · Valoración gratuita.

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